Perú: La posesión ancestral de los territorios debe ser reforzada con un título de propiedad – Entrevista con asesor legal CNA

CNA

Conversación sostenida con Valentín Torres, asesor legal de la CNA, sobre las acciones en defensa de los territorios comunales.

La titulación de las comunidades  no ha estado en el interés de ninguno de los gobiernos que ha tenido el país, salvo el del General Juan Velazco Alvarado, y de esa fecha pronto cumpliremos 50 años. Los dos proyectos posteriores no han tenido éxito, el más conocido fue el Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural, más conocido como PETT y creado en 1992.

Esto fue señalado por el abogado Valentín  especialista en temas agrarios y asesor de la Confederación Nacional Agraria, CNA en la tercera edición del programa KawsayninchisLa Voz de los Pueblos del Campo, que produce la CNA con el auspicio de la Asociación Nacional de Periodistas del Perú, ANP y se emite todos los martes por http://www.anpradio.com/ .

El reconocido abogado precisó que ahora el gobierno viene impulsando el Programa de Titulación de Tierras y Catastro Rural – PTRT3, y se busca que ahora no se vuelvan a cometer los errores anteriores, pero señaló que las organizaciones indígenas están muy alertas porque existen algunos malos  funcionarios, con otros intereses, que buscan promover la titulación individual de las tierras de las comunidades.

“Los principales problemas de las comunidades en el tema de territorio se han dado con empresas extractivas”, señaló el especialista quien dijo que su relación con este tema empezó con conflicto de comunidades de Huancavelica con las mineras.

Nosotros en la CNA hablamos de concepto de seguridad jurídica, podemos hablar también de la tenencia que son conceptos similares con algunas pequeñas diferencias, ambos están referidos a la necesidad de asegurar el derecho al territorio de las comunidades campesinas y nativas del país que son pueblos indígenas reconocidos como tal, por el estado peruano en el marco del convenio 169 de la OIT.

El principal problema que tienen es la falta de titulación sumando a ello el adecuado saneamiento. Para nosotros no basta que una comunidad tenga el título de propiedad, sino que, este represente la integridad de su territorio y que esté debidamente asegurado a través de los registros públicos.

El abogado sostuvo, que la propiedad la da la posesión ancestral que tienen nuestros pueblos sobre sus territorios pero hay que reforzarla con el título, ya que en nuestro país se ejerce el derecho positivo y los derechos se tienen que acreditar a través de documentos, nosotros planteamos que los títulos estén inscritos en los registros públicos con una adecuada georeferenciación, que es la demarcación del perímetro del territorio con la tecnología más avanzada. 

Un aspecto de los pueblos es la propiedad colectiva del territorio, para ellos no existe la propiedad individual sobre la tierra, se puede dividir en parcelas y entregar a una pareja o familia, pero la posesión del terreno es de la comunidad.

“Existe una lógica perversa porque más vale la tierra donde se van a realizar proyectos urbanísticos que la agrícola, por esos buscan la conversión de predios rurales en urbanos. En las comunidades se presta mucho a la duda de que pueda existir este tipo de conversión, en Lima ya este proceso se ha dado en los valles de Lurín y Chillón”, precisó el especialista.

Se recordó que el actual ministro de economía, Alfredo Thorne, antes de asumir el ministerio se había pronunciado a favor de la parcelación individual de la tierra para una mejor negociación, lo que puso en alerta a las organizaciones de los pueblos originarios, se movilizaron y realizaron conferencias de prensa y otras acciones que llegaron al gobierno y “por lo menos se le puso un freno a ese tipo de discurso”. 

Debemos señalar que el nuevo proyecto de titulación (PTRT3) no va a cubrir toda la demanda ni todos los problemas que tienen las comunidades, se van a titular 403 nativas y 190 campesinas, pero en ambos casos faltan más de 1000 comunidades por titular. Solamente en la cobertura de titulación vemos que es insuficiente, ¿Por qué más nativas que campesinas? Se debe a diversos factores principalmente a la incidencia que han realizado sus organizaciones, porque en la anterior titulación se cumplió más en la zona andina. Hay que considerar también que muchas comunidades faltan georreferenciar y muchas otras tienen conflictos de linderos con otras comunidades o con particulares y estos casos concretos no se van a resolver.

Cuando la conductora del programa le preguntó sobre la pertinencia de que el caso de las comunidades sea visto no sólo como un tema de derecho civil sino que también debe atender los aspectos culturales y otras necesidades, el abogado señalo que el Estado peruano tiene una deuda con los pueblos originarios con respecto al convenio 169 y a la consulta previa, la que no se aplica o allí donde se ha dado no ha sido de la manera adecuada, algunos de salud y educación intercultural. 

El Convenio 169 tiene no menos de 30 derechos colectivos, uno de ellos es el derecho al territorio y la legislación no está protegiendo este derecho que deben tener las comunidades campesinas. Desde la CNA estamos promoviendo acciones concretas para que este Convenio se implemente con todos sus efectos.

Lamentablemente tanto desde el poder ejecutivo como del legislativo tienen una mirada privatista del territorio y no van conforme a los intereses de las comunidades y promueven incorporar a las comunidades al modelo económico que ellos han impuesto a través del capital más importante de las comunidades, como es el territorio. Las comunidades guardan un vínculo muy especial reconocido por el Tribunal Constitucional y la Corte derechos Humanos de Costa Rica. Jurídicamente ya está reconocido, lo que no sucede con temas como el de la soberanía alimentaria.

Podemos decir que el que más contribuye al PBI es la extracción de los minerales pero nadie come piedra, sino que se consume lo que producen las comunidades, felizmente rápido a buen precio y con una calidad considerable. El Perú tiene una enorme potencia con la biodiversidad y la agrodiversidad.

En el estado hay algunos actores individuales que si se preocupan por el tema de la soberanía pero son aislados y no responden a políticas públicas.. Lamentablemente hay un pensamiento imperante que prefiere el extractivismo sobre otras actividades que son más rentables y sostenibles, que generan una mayor distribución y que a la larga son más amigables con el ambiente. Hay muchos intereses económicos de quienes prefieren seguir exportando piedras para mantener este tipo de crecimiento, situación de la que no escapa el sector agroindustrial donde hay también otros intereses.

PAQUETAZOS AMBIENTALES

Valentín señaló que los paquetazos ambientales son bloque de normas en contra de los pueblos indígenas, que buscan que flexibilizar determinados procedimientos administrativos para facilitar y favorecer inversiones públicas, sobre todo privadas, con el pretexto de acelerar el crecimiento de la economía nacional ante el freno que a tenido ante el estancamiento de otros actores internacionales. Consideran que uno de los grandes problemas es la llamada tramitología y que nuestras normas legales son muy rígidas que no permiten la inversión lo cual es absolutamente falso. “Nos estamos poniendo estándares bastantes indignos”, las empresas que vienen a invertir aquí es difícil que encuentre las facilidades que le damos en otros países.

Se les conoce como paquetazos ambientales y fueron dados principalmente en el gobierno de Humala, pero no solo afectaron al ambiente sino que también a la seguridad de los territorios, ha dado facilidades tributarias a los inversionistas y ha exonerado de multas a aquellos que cometen infracciones ambientales, entre otros factores. Todo esto se viene dando desde el año 93, con el cambio de Constitución donde se cambió el régimen de protección de los territorios de las comunidades campesinas y nativas. En la Constitución del ´79 se hablaba de la imprescriptibilidad, inalienabilidad y la inembargabilidad de los territorios, con la del 93 solo dejan la imprescriptibilidad pero de una manera relativa. No es absoluta. A partir de allí todos los gobiernos sucesivos empezaron a dar normas que promueven la parcelación de los territorios colectivos, la confiscación indirecta de estos territorios para favorecer los megaproyectos las grandes obras, la inversión pública privada y las actividades extractivas.

Se han dado una serie de normas que abren la posibilidad de expropiar los territorios de las comunidades. En el marco del convenio 169 no debería ser arrebatado a las comunidades, pero la Constitución del ´93 abrió la puerta a esta situación. Si una comunidad en Asamblea con el quórum reglamentario deciden parcelar su territorio, lamentablemente lo puede hacer. 

El asesor legal de la CNA, sostuvo que ello no apuestan por eso, porque consideramos que el territorio es fundamental para considerar la comunidad, y hemos presentado con la Coordinadora de Derechos Humanos, dos acciones de inconstitucionalidad contra la Ley 30230 (todavía no tenemos sentencia), y un proceso de Acción Popular contra la Corte Superior de Lima contra el Decreto 001-2016, que abre la puertas a que la junta directiva de una comunidad negocie con una empresa minera la cesión de su territorio comunal para que la empresa pueda desarrollar su actividad. De acuerdo a la Ley de Comunidades campesinas esa decisión le compete únicamente a la Asamblea General. Es evidente anticonstitucional esa norma, una primera sentencia nos ha dado la razón pero no ha derogado la norma.

Lima. Miércoles 16 de noviembre de 2016.

Escucha el programa completo en https://soundcloud.com/cnacomunic/8-noviembreprograma-kawsayninchis

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